1. Ser partícipe activo con al menos 24 aportaciones personales.
2. Tener capacidad de pago: 40% del promedio trimestral
del líquido a recibir del rol de pagos, este valor debe
cubrir la cuota mensual del crédito.
3. MONTO:
Desde $ 5001 hasta máximo $ 15.000.
4. PLAZO:
Hasta 48 meses.
5. TASA:
La tasa de interés del crédito ordinario es de 11% anual sobre saldos.
6. Si el valor solicitado es superior al acumulado en
la cuenta individual, el crédito se concede con un
garante partícipe a nombramiento o contrato, para
partícipes a contrato el garante será partícipe a
nombramiento, no se acepta garantía de cónyuge.
7. Los documentos que sustenten créditos ordinarios,
deberán estar avalados con la firma del cónyuge.
(Si aplica)
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