Condiciones Créditos Ordinarios

1. Ser partícipe activo con al menos 24 aportaciones personales;

2. Tener capacidad de pago: 40% del promedio trimestral del líquido a recibir del rol de pagos, este valor debe cubrir la cuota mensual del crédito.

3. MONTO: Desde $ 5001 hasta máximo $ 15.000.

4. PLAZO: Hasta 48 meses.

5. TASA: La tasa de interés del crédito ordinario es de 11% anual sobre saldos

6. Si el valor solicitado es superior al acumulado en la cuenta individual, el crédito se concede con un garante partícipe a nombramiento o contrato, para partícipes a contrato el garante será partícipe a nombramiento, no se acepta garantía de cónyuge.

7.Los documentos que sustenten créditos ordinarios, deberán estar avalados con la firma del cónyuge. (Si aplica)

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