Condiciones Créditos Ordinarios
1. Ser partícipe activo con al menos 24 aportaciones personales;
2. Tener capacidad de pago: 40% del promedio trimestral del líquido a recibir del rol de pagos, este valor debe cubrir la cuota mensual del crédito.
3. MONTO: Desde $ 5001 hasta máximo $ 15.000.
4. PLAZO: Hasta 48 meses.
5. TASA: La tasa de interés del crédito ordinario es de 11% anual sobre saldos
6. Si el valor solicitado es superior al acumulado en la cuenta individual, el crédito se concede con un garante partícipe a nombramiento o contrato, para partícipes a contrato el garante será partícipe a nombramiento, no se acepta garantía de cónyuge.
7.Los documentos que sustenten créditos ordinarios, deberán estar avalados con la firma del cónyuge. (Si aplica)
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